Cuando se creo el articulo 17?

¿Cuándo se creó el artículo 17?

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 1988.

¿Qué derechos y bienes garantiza el artículo 17?

– La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. …

¿Qué quiere decir Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad?

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.» Debe entenderse, como el resto de derechos y libertades contenidos en la Declaración Universal, que el derecho a la propiedad no es un privilegio restringido a un grupo de personas; se trata de un derecho universal, para todas las personas.

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¿Cuál es el artículo que habla de la propiedad privada?

En México el derecho a la propiedad y el derecho de propiedad están reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente en el artículo 27 en donde se habla de tres tipos de propiedad, la propiedad pública, la propiedad privada y la propiedad social.

¿Qué significa que el derecho de propiedad es inviolable?

La propiedad privada es inviolable. Nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud de sentencia judicial, pero se admite la expropiación por causa de utilidad pública o de interés social, que será determinada en cada caso por ley.

¿Qué es el artículo 17 constitucional?

En el 2008, el artículo 17 constitucional fue reformado por segunda ocasión para incorporar diversos párrafos sobre distintas temáticas: mecanismos alternativos de solución de controversias, modalidad de las sentencias en los procedimien tos orales, inde –

¿Qué dice el artículo 17 del Código Civil?

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Breve Explicaciòn del Artìculo 17 Constitucional (Justicia-DeudasCiviles) Ninguna persona podrá hacerse justicia por si misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes,

¿Qué es el artículo 17 de la Ley de Justicia?

El segundo párrafo del artículo 17 complementa lo previsto por el primero, al imponer al Estado la creación de tribunales que se encuentren siempre expeditos para impartir justicia, en los términos y los plazos fijados por las leyes. Además, este servicio de impartición de justicia debe ser gratuito.