¿Quién tiene el poder de revisar los tratados para ver si son constitucionales?
En principio esta facultad para calificar el tratado dentro del ámbito de los que exigen ley orgánica o autorización, corresponde al Gobierno que, aparte de estar sometido al informe preceptivo del Consejo de Estado puede ser fiscalizado en esta calificación por las Cortes y por el Tribunal Constitucional.
¿Qué pasa si un tratado internacional es contrario a la Constitución?
La celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional. El Gobierno o cualquiera de las Cámaras puede requerir al Tribunal Constitucional para que declare si existe o no esa contradicción.
¿Quién puede impugnar un Real Decreto Legislativo?
El Gobierno puede impugnar ante el Tribunal Constitucional dentro de los dos meses siguientes a su fecha de publicación o, en defecto de ella, desde que llegaren a su conocimiento, las disposiciones normativas sin fuerza de ley y resoluciones emanadas de cualquier órgano de las Comunidades Autónomas.
¿Quién puede impugnar una ley organica?
Artículo 162. Están legitimados: a) Para interponer el recurso de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas.
¿Cómo se puede impugnar un Real Decreto?
«El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas». La impugnación suspenderá la disposición recurrida por un plazo máximo de 5 meses, plazo en el que el tribunal tendrá que ratificarla o levantarla.
¿Cómo se aprueban los tratados internacionales?
– la aprobación del tratado por el Congreso, a través de una ley, – y finalmente la ratificación y canje o deposito de los instrumentos, a cargo del Poder Ejecutivo de la Nación.