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¿Quién son punibles?
Punible es un adjetivo que refiere a lo susceptible o merecedor de ser castigado. Un castigo, por otra parte, es una sanción o una pena que se aplica sobre quien incumplió una ley, una norma, etc. Esto quiere decir que una conducta punible es aquella que, por sus características, puede o debe recibir una punición.
¿Cuándo se da la legitima defensa?
Legítima defensa. Existe legítima defensa cuando la persona actúa en defensa de cualquier derecho, propio o ajeno, siempre y cuando concurran los siguientes requisitos: […] 3. Falta de provocación suficiente por parte de quien actúa en defensa del derecho.
¿Cuando un delito es punible?
la acción es punible no solamente cuando concurren todas las circunstancias que comportan el tipo objetivo y el subjetivo, consumación, (suponiendo que el autor sea culpable), sino también (bajo ciertas circunstancias) cuando falte algún elemento requerido por el tipo objetivo (tentativa).
¿Cuál es la culpabilidad en un caso penal?
El demandado, luego, debe cumplir todos los términos del acuerdo, pero no tiene obligación de reconocer que ha infringido la ley. La culpabilidad en un caso penal se debe establecer “más allá de toda duda razonable”.
¿Cuáles son las leyes que regulan la actividad de los productores asesores deseguros?
– La Ley 22.400, sobre la actividad de los Productores Asesores de Seguros. – la Ley de Riesgos del Trabajo. – La Ley 17.418 y complementariamente la 20.091.
¿Por qué es importante la información estadística para un productor asesor de seguros?
14) La información estadística resulta ser una importante herramienta que asiste al productor asesor de seguros para la toma de decisiones a futuro, para perfeccionar el asesoramiento a sus clientes y para conocer más sobre la evolución del mercado competitivo en donde se desempeña profesionalmente.
¿Qué pasa si un acusado se declara culpable o es condenado culpable?
Si un acusado en un caso penal se declara culpable o es condenado culpable, puede aplicarse: una indemnización (compensación al gobierno por el costo de la limpieza o acción de respuesta, o por el daño que causó la infracción, por ej., pagar los exámenes médicos de las personas expuestas al asbesto);