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¿Qué quiere decir según su voto en un fallo?
Dentro de los votos particulares, puede generar entre los jueces más susceptibilidad interna el voto concurrente, o “por su voto” o “según su voto” en la denominación argentina, que el voto discrepante o disidente. Este último implica sin soslayo un desacuerdo insalvable con la decisión mayoritaria.
¿Cuándo se puede plantear la cuestion de inconstitucionalidad?
Solo se podrá plantear la cuestión una vez concluido el procedimiento judicial y antes de dictar sentencia, indicando y justificando en qué medida la decisión depende de la constitucionalidad del precepto (Art.35.2 LO 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional).
¿Cuál es la diferencia entre juez y fallo de la corte?
Juez—Oficial de la rama judicial con autoridad para decidir juicios frente a una corte. El término también se utiliza para referirse a todos los oficiales judiciales, incluyendo a los de la Suprema Corte. Fallo de la corte—La decisión oficial de la corte, que finalmente resuelve cualquier disputa entre dos litigantes de un juicio.
¿Quién firma las resoluciones judiciales?
Firma de las resoluciones Las resoluciones judiciales serán firmadas por todos los magistrados componentes del órgano colegiado decisor, dentro del plazo establecido para dictarlas.
¿Cuál es el antecedente necesario del fallo?
La votación es antecedente necesario del fallo. Para que éste se pueda dictar deberá suceder que se haya alcanzado la unanimidad o la mayoría absoluta, con los efectos que se establecen en los artículos siguientes. Sólo impedirá que se dicte el fallo el caso de que se produzca la discordia a la que luego haremos referencia.
¿Quién redacta la resolución judicial?
Redacción de la resolución Una vez alcanzada la mayoría absoluta en la votación del órgano colegiado decisor o, en su caso, por la sala de discordias, se redactará la resolución judicial por el Magistrado Ponente conforme con lo acordado.