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¿Que puede tener derechos de autor?
Las obras que se prestan a la protección por derecho de autor van desde los libros, la música, la pintura, la escultura y las películas hasta los programas informáticos, las bases de datos, los anuncios publicitarios, los mapas y los dibujos técnicos.
¿Cómo se dice derecho de autor?
Copyright, voz inglesa que significa ‘derecho de explotación y reproducción de una obra intelectual, artística o científica’, puede sustituirse en español por derechos de autor o de edición.
¿Cuándo deja de tener derechos una canción?
Concretamente los derechos de autor tienen vigencia durante la vida del creador y 70 años tras su fallecimiento. Una vez transcurrido ese tiempo, su música pasa a ser de dominio público si no está bajo ningún otro derecho. Y siempre que no hayan sido transmitidos a otra persona.
¿Qué es el derecho de autor?
El derecho de autor concede a los creadores unos atributos morales —propios de esta disciplina— que son prerrogativas espirituales, que re-conoce la doctrina y otorga la ley. Están relacionadas con los derechos de la personalidad del autor como creador y con la protección de la obra.
¿Quién es el dueño del derecho de autor de una obra?
El dueño del derecho de autor de una obra específica es la persona que ha creado esa obra. Como hemos visto antes, a menudo al creador se le denomina autor de la obra. Porejemplo, tú creaste tu diario, tu proyecto de arte y las fotosde tus últimas vacaciones. Tú eres el autor y dueño delderecho de autor de todas estas obras.
¿Qué es la protección del derecho de autor?
La protección del derecho de autor abarca solo las expresiones, pero no las ideas, procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí. El derecho de autor puede amparar o no elementos como los títulos, los lemas o logotipos, dependiendo de que la paternidad de la obra sea suficiente.
¿Cuánto TIEMPO DURA EL DERECHO DE AUTOR?
I. Derechos de autor (de naturaleza autoral-mercantil) no es cobrada en un lapso de diez años, contados desde que la obligación es exigible, se extingue el derecho de pedir su cumplimiento, de conformidad con el artículo 1047 del Código