Tabla de contenido
- 1 ¿Qué pensiones del IMSS son compatibles?
- 2 ¿Qué pensiones no prescriben?
- 3 ¿Cuándo se pierde la pensión de invalidez en Colombia?
- 4 ¿Cuándo se pierde la pensión de invalidez?
- 5 ¿Cuánto hay que cobrar para tener la pensión máxima?
- 6 ¿Cuánto hay que pagar para cobrar la pensión máxima?
- 7 ¿Se pueden cobrar dos pensiones de incapacidad permanente al mismo tiempo?
- 8 ¿Cuáles son los requisitos para recibir una pensión contributiva de jubilación?
¿Qué pensiones del IMSS son compatibles?
¿En qué casos son compatibles las dos pensiones? La Ley del Seguro Social de 1973 señala lo siguiente: Pensionados por invalidez, vejez, cesantía, edad avanzada y muerte, tienen permitido, al mismo tiempo, contar con una pensión de riesgos de trabajo.
¿Qué pensiones no prescriben?
Entre las pensiones que no prescriben figuran las de jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares. En cuanto a la caducidad de las prestaciones, el derecho a percibirlas caduca si no se hacen efectivas en un año.
¿Qué pensiones son compatibles con la pensión de viudedad?
La pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a que el mismo tuviera derecho.
¿Cuándo se pierde la pensión de invalidez en Colombia?
«Salvo casos de fuerza mayor, si el pensionado no se presenta o impide dicha revisión dentro de dicho plazo, se suspenderá el pago de la pensión. Transcurridos doce (12) meses contados desde la misma fecha sin que el pensionado se presente o permita el examen, la respectiva pensión prescribirá», dice la ley.
¿Cuándo se pierde la pensión de invalidez?
Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario o la beneficiaria tendrá que ser reevaluado luego de tres años. Si este proceso determina que presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50\%, perderá el derecho a la pensión y pasará a ser activo.
¿Cuántas pensiones puede recibir una persona?
De lo anterior, se concluye que la legislación nacional prohíbe que un individuo reciba dos prestaciones sociales, cuando i) una es una pensión de vejez y la otra es una pensión de invalidez, y ii) cuando las dos pensiones provengan del tesoro público o de instituciones en las que el Estado sea dueño de la mayoría.
¿Cuánto hay que cobrar para tener la pensión máxima?
Al igual que ocurre con la edad de jubilación, se establece un periodo transitorio que parte de la base de 35 años cotizados para poder cobrar el 100\% de la pensión.
¿Cuánto hay que pagar para cobrar la pensión máxima?
En el caso del tope máximo, en 2022 son 2.820 euros por 14 pagas. Esto corresponde a una base de cotización de 3.290 euros. Por lo tanto, aproximadamente, el autónomo tendrá que haber pagado una cuota media de unos 1.000 euros al mes durante los últimos 25 años para poder cobrar la pensión máxima del sistema.
¿Se pueden cobrar dos pensiones de invalidez a la vez?
Si dos pensiones de invalidez a las que una persona podría acceder proceden de un mismo régimen (por ejemplo, del Régimen General de la Seguridad Social que cubre, entre otros, a los trabajadores contratados en una empresa), no se podrán cobrar a la vez. Se tiene que elegir entre una de ellas .
¿Se pueden cobrar dos pensiones de incapacidad permanente al mismo tiempo?
Cuando una persona que cobra una prestación mensual por incapacidad permanente cumple la edad de jubilación ordinaria, tampoco podrá cobrar estas dos pensiones al mismo tiempo. También, e igual que no se pueden cobrar dos pensiones de incapacidad salvo excepciones, se verá obligado a seleccionar la que le sea más favorable de las dos.
¿Cuáles son los requisitos para recibir una pensión contributiva de jubilación?
• No hay que tener edad para recibir una pensión contributiva de jubilación. • Estar afiliado a la Seguridad Social y dado de alta. También es válido estar en situación asimilada al alta, es decir, se incluyen las personas desempleadas, de vacaciones retribuidas o en excedencia forzosa, por ejemplo.
¿Por qué no puedo cobrar dos pensiones al mismo tiempo?
La razón estriba en que su primera incapacidad se declaró mientras cotizaba en el Régimen General, y la segunda al cotizar en el RETA. Cuando una persona que cobra una prestación mensual por incapacidad permanente cumple la edad de jubilación ordinaria, tampoco podrá cobrar estas dos pensiones al mismo tiempo.