Que pasa cuando se agota la incapacidad temporal?

¿Qué pasa cuando se agota la incapacidad temporal?

Si no se concede la incapacidad permanente, el trabajador tiene el derecho y la obligación de reincorporarse a su puesto de trabajo. Si no lo hace, podrá ser considerado como abandono del puesto de trabajo, perdiendo el derecho a una indemnización y desempleo.

¿Quién paga durante la prórroga por incapacidad temporal?

– Reconocer prorroga de 180 días: el pago de la prestación económica por IT la realizará la mutua mediante pago directo, salvo en el caso de empresas autorizadas a colaborar con el pago de la prestación económica.

¿Cuánto dura el pago de una incapacidad?

Incapacidades CCSS [ Por enfermedad común ] Cuando la incapacidad ocurre por causa de una enfermedad común, los primeros 3 días de incapacidad los paga el patrono, quien cancela un 50\% del salario del colaborador reportado el mes anterior, del 4to día en adelante, la CCSS le corresponde pagar.

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¿Cuándo se pasa por un tribunal médico?

Cuando llevas un año de baja, lo normal es que te convoquen desde el tribunal médico. Allí se evalúa si te prorrogan la incapacidad temporal, te dan el alta o te proponen para una incapacidad permanente. Y lo mismo a los 18 meses, aunque en este supuesto una nueva prórroga de la baja no se suele dar.

¿Cuándo pasas al INSS quién te paga?

A partir del decimosexto día de baja, la responsabilidad del abono recae en la Seguridad Social o Mutua en su caso, aunque el pago lo siga materializando el empresario. Es decir, el empresario abona como si fuera una nómina y luego Seguridad Social o Mutua le paga al empresario.

¿Cómo funciona el pago de incapacidades?

100\% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad. De un día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los Servicios Médicos del IMSS. 4 semanas inmediatas anteriores al inicio de la enfermedad. 60\% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad.

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¿Cuántos días paga la CCSS por incapacidad?

Recordemos que la incapacidad por enfermedad cubre a partir del cuarto día de la incapacidad. Los primeros tres días son cubiertos por el patrono, pagando un 50\% del salario como subsidio por enfermedad. A partir del cuarto día, el seguro de salud de la CCSS paga el 60\% del salario como subsidio.