Que dice la Constitucion para proteger el derecho a una vivienda digna?

¿Qué dice la Constitución para proteger el derecho a una vivienda digna?

Es muy importante reflexionar por lo que toca al artículo 4 constitucional, esta vez en su séptimo párrafo que a la letra establece: “Artículo 4. Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa . La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

¿Qué dice la ONU sobre la vivienda?

Relatora de la ONU: En Chile la vivienda es una mercancía y no un derecho humano. En este sentido, enfatizó en que el mensaje que se debe repetir es que es la vivienda es un derecho humano y no una mercancía, es decir, todo lo contrario a lo que actualmente sucede en el país.

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¿Quién creó el derecho a la vivienda?

El derecho a la vivienda digna se originó en Colombia mediante la “ley 74 de 1968 por la cual se ratifica El Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y culturales” y la “Ley 16 de 1971 que ratica la Declaración Universal de los Derechos Humanos”, respectivamente en sus artículos 11 y 25.1.

¿Qué dice el artículo 4 constitucional?

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada, sobre el número y espaciamiento de sus hijos. Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.

¿Cuáles son las condiciones de vivienda?

Una vivienda debe ser fija y habitable, se deben planificar, proyectar, ejecutar, utilizar y conservar de tal forma que se cumplan los requisitos básicos de funcionalidad, seguridad, habitabilidad y accesibilidad, establecidos por las normas de cada país.

¿Cómo se viola el derecho a la vivienda?

El derecho a la vivienda digna puede ser vulnerado por la administración pública o por un particular, ya sea por acción o por omisión, cuando la poseida amenaza ruina; debido a esto se ha tutela tal derecho especialmente a aquellos grupos familiares que habitan una casa en peligro en caerse y que sus miembros se …

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¿Cómo se ejerce el derecho a la vivienda?

Así, el artículo 30 de la Constitución de la República establece lo siguiente: “Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica”.