Cuando se aprobo la ley de propiedad intelectual?

¿Cuándo se aprobo la ley de propiedad intelectual?

Tras ser aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 22 de febrero, se publica en el BOE del sábado 2 de marzo de 2019, la modificación de la Ley de Propiedad Intelectual a través de la Ley 2/2019, de 1 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real …

¿Cómo se inició la Ley de la propiedad intelectual?

En ESPAÑA la primera norma que tuteló los derechos de autor fue la Real Orden de marzo de 1763: el privilegio de impresión se concedía al autor de la obra literaria, y se negaba a cualquier comunidad o empresa.

¿Cómo funcionan los documentos legales?

LEA TAMBIÉN:   Cuales son los elementos que defienden nuestro cuerpo ante la presencia de microorganismos patogenos?

Los documentos legales pueden funcionar como acuerdos entre dos partes sobre cómo actuará cada uno en colaboración y también puede servir como defensa si una de las partes viola los términos de ese acuerdo y es llevado a los tribunales.

¿Qué es la Ley General de archivos?

LEY GENERAL DE ARCHIVOS 5 Artículo 1. La presente Ley es de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional, y tiene por objeto establecer los principios y bases generales para la organización y conserva-ción, administración y preservación homogénea de los archivos en

¿Qué es un documento legal general?

Un documento legal general, sólo se considerará válido si las firmas de todas las partes involucradas están en éste. Lo mejor es que el documento esté firmado o rubricado en cada página de modo que no pueda haber después una demanda de que las páginas se agregaron al contrato sin el conocimiento del firmante.

¿Cuál es el plazo para inscribir o autenticar los documentos o actos?

LEA TAMBIÉN:   Cuales son los intereses de plazo?

El Registrador o Registradora y Notario Público o Notaria Pública tendrá un plazo de tres días hábiles, contados a partir de la fecha de su presentación ante la oficina de Registro o Notaría Pública, para inscribir o autenticar los documentos o actos; exceptuando los establecidos por el artículo 29 de este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley.