Cual es la diferencia entre ratio decidendi y obiter dicta?

¿Cuál es la diferencia entre ratio decidendi y obiter dicta?

1. Los “obiter dicta” (“dicho de paso”) se diferencia de la “ratio decidendi” (“razón de decidir”). En efecto, los obiter dicta son argumentos complementarios que actúan de criterio auxiliar de interpretación. La ratio decidendi son los argumentos fundamentales para decidir sobre las pretensiones del litigio.

¿Qué es control difuso y interpretación constitucional?

Cuando exista incompatibilidad entre una norma constitucional y otra de inferior jerarquía, el Juez debe preferir la primera, siempre que ello sea relevante para resolver la controversia y no sea posible obtener una interpretación conforme a la Constitución.

¿Qué es la cosa juzgada constitucional?

La cosa juzgada constitucional es una institución jurídica procesal que tiene su fundamento en el artículo 243 de la Constitución Política, mediante la cual se otorga a las decisiones plasmadas en una sentencia de constitucionalidad, el carácter de inmutables, vinculantes y definitivas.

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¿Qué es un obiter dicta?

obiter dictum | Definición | Diccionario de la lengua española | RAE – ASALE. Loc. lat. ; literalmente ‘dicho de paso’.

¿Qué es la ratio decidendi y la orbite dicta en una sentencia?

Por su parte, la ratio decidendi corresponde a aquellas razones de la parte motiva de la sentencia que constituyen la regla determinante del sentido de la decisión y de su contenido específico o, en su definición original, a la formulación del principio, regla o razón general de la sentencia que constituye la base de …

¿Que se entiende por control difuso?

Concepto de Control Difuso. El significado de Control Difuso es el de una facultad constitucional concedida a los órganos revestidos de potestad jurisdiccional para revisar la constitucionalidad de las normas, haciendo prevalecer la Constitución sobre la ley y ésta sobre cualquier otra norma de rango inferior.

¿Qué es la cosa juzgada?

La cosa juzgada es una institución jurídico procesal mediante la cual se otorga a las decisiones plasmadas en una sentencia y en algunas otras providencias, el carácter de inmutables, vinculantes y definitivas.

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