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¿Cómo ver mi incapacidad?
Para poder ver tu expediente de incapacidad y comprobar el estado de la solicitud, has de llegar a la página web del INSS y, a continuación, entrar en la Sede Electrónica. Aquí se os pedirá el certificado digital, o bien, un usuario y contraseña para poder acceder a vuestro perfil y área personal.
¿Qué día se cobra el pago directo de la Seguridad Social?
¿Qué día paga la Seguridad Social? Por regla general, la Seguridad Social suele hacer el pago el último día hábil de cada mes y si es festivo el inmediatamente anterior. Por lo tanto, dependerá de tu banco el día concreto que recibas la transferencia, que será durante los primeros días del mes.
¿Cuándo paga la Seguridad Social?
Básicamente, todas las prestaciones que provienen del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) o el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) se realizan el último día hábil del mes, y se pagarán a mes vencido.
¿Cómo consultar el pago de incapacidad?
Consultar a través de NSS El sistema permite realizar una consulta de pago de incapacidad, utilizando el número de seguridad social del trabajador. En el formulario anteriormente descrito, al seleccionar la consulta por NSS, nos mostrará una caja de texto, donde debemos colocar dicho dato y presionamos el botón « consultar «.
¿Qué es un pago por incapacidades?
Un pago por incapacidades es el pago que un trabajador cobra cuando de manera temporal por insuficiencia. Ya sea por enfermedad, un accidente, o bien porque se encuentra en los días anteriores o posteriores al parto, en el caso de las mujeres.
¿Cómo puedo consultar la data de mi incapacidad?
Desde este servicio el derechochabiente o afiliado puede consultar la data de sus incapacidades y además revisar el estado o la condición en la que se encuentra el pago; es decir, si el monto correspondiente al subsidio al que hubiere lugar con respecto a la incapacidad se ha tramitado con éxito o está en espera.
¿Cuánto tiempo se puede prorrogar la incapacidad?
60\% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad. A partir del 4o. día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los servicios médicos del IMSS, se podrá prorrogar hasta por 26 semanas más. 30 semanas en los 12 meses anteriores a la fecha en que inicia la semana 34 de gestación.