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¿Cómo reclamar el pago de pensión alimenticia?
¿Cómo iniciar una demanda de pensión alimenticia? La demanda se presenta ante un juzgado familiar que normalmente se encuentran en la sede o subsedes de los Tribunales de Justicia. Cuando son menores de edad los beneficiados, la demanda la debe presentar a su nombre su representante que de facto es uno de sus padres.
¿Cuánto cuesta una demanda de pensión alimenticia?
$ 1,000.00 (MIL PESOS 00/100 M.N.) más gastos de juzgado. ¿En qué consiste el servicio? Tramitar ante un juzgado el juicio de pensión alimenticia, para que ésta sea decretada por un juez de lo familiar y en favor de los acreedores alimenticios.
¿Cuáles son los gastos extraordinarios?
Los gastos extraordinarios son aquellos necesarios para la crianza y educación de los hijos pero que no resultan previsibles ni, por tanto, cuantificables a priori. Se trata de partidas complementarias a la pensión alimenticia que por su imprevisibilidad no se incluyen en la cuantía de esta.
¿Quién paga gastos extraordinarios?
¿Quién debe pagar las expensas extraordinarias? Bajo la Nueva Ley de Alquileres, el inquilino sólo tiene que pagar los gastos que se repiten todos los meses, los habituales (luz, AYSA, sueldo del encargado, limpieza).
¿Se pueden reclamar todos los gastos independientemente de la fecha?
Se pueden reclamar todos los gastos independientemente de la fecha, porque la nulidad no prescribe. Escríbenos a [email protected] y analizamos tu caso, o envíanos un Whatsapp a nuestro servicio de consultas gratuitas y organizamos una llamada, es el 610 337 587. ¡Un saludo y quedo a tu disposición! Jorge D. Mora – abogado en Nosoloderecho.com
¿Se puede renunciar a un tercero el derecho a los alimentos?
No es renunciable ni transmisible a un tercero el derecho a los alimentos. Tampoco pueden compensarse con lo que el alimentista deba al que ha de prestarlos. Pero podrán compensarse y renunciarse las pensiones alimenticias atrasadas, y transmitirse a título oneroso o gratuito el derecho a demandarlas.
¿Cuál es la obligación legal de justificar los gastos de la pensión de alimentos?
En resumen, no tienes obligación legal de justificar los gastos de la pensión de alimentos, ni, por lo tanto, de estar guardando los tickets o facturas de todo aquello que compras a tu hijo de cara a justificar el uso adecuado de la pensión.
¿Es justificado el pago de la pensión alimenticia de los hijos del primer matrimonio?
Y, al contrario, si en ese nuevo matrimonio o pareja es sólo el obligado al pago de la pensión alimenticia del hijo del primer matrimonio el único con recursos para alimentar a los hijos, sí estaría justificado, en base a la necesaria igualdad de todos los hijos, el que se rebajase el importe de la pensión de alimentos de los hijos anteriores.