Que clase de garantia es la fianza?

¿Qué clase de garantía es la fianza?

El Código Civil de 2002 define la fianza, en el citado artículo 818, como negocio jurídico de garantia. Se trata de una de las especies de vínculo jurídico establecido entre el acreedor y un tercero con el fin de asegurar al acreedor el cumplimiento de la obligación asumida por el deudor en caso de que este no cumpla.

¿Qué es la extincion de la fianza?

– Extinción de la fianza por prórroga al deudor La prórroga concedida al deudor por el acreedor sin el asentimiento del fiador extingue la fianza, salvo que éste la haya aceptado anticipadamente.

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¿Qué es la fianza en derecho civil?

La fianza es un contrato por el cual una persona se compromete con el acreedor a pagar por el deudor, si éste no lo hace. La fianza es un contrato de garantía, que encuentra su base en el crédito personal. El fiador se compromete con el acreedor a cumplir por el deudor, si éste no lo hace.

¿Qué es la fianza en Venezuela?

Las fianzas constituyen la garantía por excelencia solicitada por los acreedores para respaldar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por su deudor. Los tipos de fianzas que ofrecemos son: Licitación, Fiel Cumplimiento, Anticipo, Laboral, Aduanales, Buena Calidad, Debida Ejecución.

¿Cuáles son los tipos de garantías que hay?

Los tipos de garantías más comunes son:

  • Garantía de sostenimiento de oferta.
  • Garantía de buen uso de anticipo.
  • Garantía de cumplimiento de contrato.
  • Garantía de buen funcionamiento y/o mantenimiento del bien o del servicio vendido u otorgado.
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¿Cuándo se extingue el contrato de fianza?

La fianza se extingue por la extinción de la obligación principal, y por las mismas causas que las obligaciones en general, y las obligaciones accesorias en particular.

¿Qué es la fianza aisladamente?

La fianza no puede concebirse aisladamente, sino condicionada por la existencia de una obligación que delimite el contenido de la misma garantía.

¿Qué es la fianza y cómo funciona?

En virtud de este compromiso el fiador pagará al acreedor cuando el deudor principal o fiado no pague al acreedor. La fianza se constituye mediante un contrato accesorio o subordinado al contrato u obligación principal, que es precisamente lo que se pretende afianzar.

¿Qué es la fianza civil?

Se habla de fianza civil como un contrato básicamente unilateral, atendiendo a la gratuidad con que se produce; no obstante lo cual, asumida la obligación por el fiador, el contrato se bilateraliza (sinalagma).

¿Quién puede reclamar la fianza?

El fiador puede ser cualquier persona y la fianza seguirá siendo mercantil, aunque éste no sea comerciante (art 439 C.Com.) En caso de que haya varios fiadores, el acreedor sólo puede reclamar a cada fiador la parte que le corresponda, salvo que se haya pactado expresamente su carácter solidario (art.1.837 C.Civ).

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