Cuanto puede durar la detencion preventiva segun la Constitucion?

¿Cuánto puede durar la detención preventiva según la Constitución?

setenta y dos horas
La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.

¿Qué es la prisión preventiva en Argentina?

La prisión preventiva es una medida de carácter excepcional que sólo puede aplicarse cuando exista un peligro cierto de que el imputado intentará entorpecer la investigación o se fugará.

¿Cuándo procede detención?

UN POLICÍA PUEDE DETENER A UNA PERSONA que esté cometiendo un delito en ese momento, o cuando tras prestar DECLARACIÓN POLICIAL, considere el agente de la autoridad que no se va a personar en presencia judicial, ante el llamamiento del Juzgado.

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¿Cuánto tiempo dura la detención?

La detención policial sólo dura un plazo de veinticuatro (24) horas o el término de la distancia.

¿Cuándo se pide prisión preventiva?

El Código Procesal Penal establece en que casos se aplica la prisión preventiva: – En primer lugar tiene que existir suficientes elementos de convicción. – Segundo, la pena debe ser superior a cuatro años de pena privativa de la libertad. – Tercero, debe existir peligro de fuga u obstaculización de la justicia.

¿Cuánto tiempo puede durar la detención preventiva en Argentina?

La ley citada establece en su artículo 1º que: «La prisión preventiva no podrá ser superior a dos años, sin que se haya dictado sentencia.

¿Quién tiene obligación de detener?

La autoridad o agente de policía judicial tendrá obligación de detener: 1.º A cualquiera que se halle en alguno de los casos del artículo 490. 490.1.º Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo. 490.2.º Al delincuente, «in fraganti».

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¿Cuando te pueden arrestar?

El artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala: “Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad más cercana y ésta con la misma prontitud a la …

¿Qué pasa si me detienen más de 48 horas?

Artículo 194 Bis. . – En los casos de delito flagrante y en casos urgentes, ningún indiciado podrá ser retenido por el Ministerio Público por más de cuarenta y ocho horas, quien transcurrido dicho plazo, deberá ordenar su libertad o ponerlo a disposición de la autoridad judicial.

¿Qué es la detención preventiva?

La detención preventiva – Derecho Constitucional La detención es una medida cautelar de privación de libertad de carácter penal, que sitúa al detenido ante la eventualidad de quedar sometido a un proceso penal. – Límites temporales de la detención preventiva Uno de sus rasgos característicos es su sometimiento a límites temporales.

¿Qué es la detención preventiva en Bolivia?

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En conclusión podemos observar que la detención preventiva nace como una medida excepcional utilizada como un mecanismo temporal para la prosecución de un proceso penal, sin embargo en Bolivia existen cifras alarmantes sobre el gran porcentaje de la población carcelaria que se encuentra detenida preventivamente.

¿Cuáles son los requisitos para ordenar la detención preventiva del imputado?

“Realizada la imputación formal, el juez podrá ordenar la detención preventiva del imputado, a pedido fundamentado del fiscal o del querellante, cuando concurran los siguientes requisitos: 1) La existencia de elementos de convicción suficientes para sostener que el imputado es, con probabilidad, autor o partícipe de un hecho punible; y,

¿Qué es la detención preventiva en el código de Procedimiento Penal Boliviano?

Asimismo, la detención preventiva en el Código de Procedimiento Penal boliviano se encuentra señalada a través de un criterio de potestad reglada, mencionando en el Artículo 232 a través de un método de exclusión, los casos en los que no procede la detención preventiva, conforme al siguiente texto: “No procede la detención preventiva: