¿Qué deber tiene el vicepresidente?
Función principal –Vicepresidente Ejecutivo
- Trabajar como asistente principal del presidente.
- Ayuda a dirigir una PTA hacia objetivos específicos consistentes con los propósitos y políticas de la PTA.
- Realiza los deberes del presidente en su ausencia.
¿Cuáles son las funciones de los vicepresidentes del Perú?
La función de los vicepresidentes es asumir el cargo de presidente de la República en caso de impedimento temporal o permanente del presidente de la República.
¿Cuántos vicepresidentes son elegidos en el Perú?
El Presidente de la República se elige por sufragio directo. Es elegido el candidato que obtiene más de la mitad de los votos. Los votos viciados o en blanco no se computan. Junto con el Presidente de la República son elegidos, de la misma manera, con los mismos requisitos y por igual término, dos vicepresidentes.
¿Qué hace un vicepresidente?
Durante las reuniones ejecutivas de la organización o consejos de administración, los vicepresidentes son responsables de reportar las metas y los logros de sus respectivas áreas de negocios. Ellos supervisan el desempeño del trabajo de los directores de departamento y la alta dirección de la empresa.
¿Cuáles son los requisitos para ser vicepresidente?
Es necesario que el vicepresidente cumpla con los mismos requisitos constitucionales que el presidente para ocupar el cargo: es decir, el vicepresidente debe ser un ciudadano nativo de los Estados Unidos, tener al menos treinta y cinco años de edad y haber residido en los Estados Unidos por lo menos catorce años.
¿Qué pasa si falta el vicepresidente?
– En caso de falta absoluta del Vicepresidente, el Congreso se reunirá por derecho propio, o por convocatoria del Presidente de la República, a fin de elegir a quien vaya a reemplazarlo para el resto del período.
¿Cuáles son las condiciones para ser elegido vicepresidente?
Artículo 204. – Para ser elegido Vicepresidente se requieren las mismas calidades que para ser Presidente de la República. El Vicepresidente no podrá ser elegido Presidente de la República ni Vicepresidente para el período inmediatamente siguiente. Artículo 205.
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