Tabla de contenido
¿Que se entiende por no declarar contra sí mismo?
Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos.
¿Qué es el derecho de guardar silencio?
La Constitución mexicana y el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) establecen el derecho de todo imputado a guardar silencio. En pocas palabras, este derecho se traduce en la potestad de toda persona a no declarar contra sí misma y a no confesarse culpable.
¿Qué es no declarar?
La sanción por no declarar consiste en una multa económica que se impone al contribuyente que, estando obligado a presentar una determinada declaración, no lo hace.
¿Quién puede abstenerse de declarar?
Podrán abstenerse de declarar el tutor, curador, pupilo, cónyuge, concubina o concubinario, conviviente del imputado, la persona que hubiere vivido de forma permanente con el imputado durante por lo menos dos años anteriores al hecho, sus parientes por consanguinidad en la línea recta ascendente o descendente hasta el …
¿Quién tiene derecho a no declarar?
¿Quiénes están exentos de declarar en un juicio penal? Las únicas personas que están expresamente exentas de declarar en un juicio penal son el Rey, la Reina, sus respectivos consortes, el Príncipe Heredero y los Regentes del Reino.
¿Qué diferencia hay entre sanción por extemporaneidad y sanción por no declarar?
La sanción por presentar la declaración extemporánea se impone cuando el contribuyente presenta la declaración con ocasión del emplazamiento para declarar y que sólo es procedente imponer la sanción por no declarar cuando el emplazado persiste en no cumplir con la obligación formal.
¿Qué dice el artículo 361?
Artículo 361. . – Solamente los autos contra los cuales no se conceda por este Código el recurso de apelación, serán revocables por el tribunal que los dictó. También lo serán las resoluciones que se dicten en segunda instancia antes de la sentencia.
¿Quién puede declarar contra sí mismo o contra su cónyuge?
Artículo 33. Artículo 33. Nadie podrá ser obligado a declarar contra sí mismo o contra su cónyuge, compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil. Imprimir el Artículo 33 del Capítulo 1: De los derechos fundamentales del Título 2.
¿Quién debe declarar en contra de la integridad física y moral de un familiar?
En resumen, ninguna persona está obligada a declarar en contra de la integridad física, moral o material de un familiar; del mismo modo que la ley nos concede el derecho a no declarar contra nosotros mismos.
¿Cuáles son los familiares por afinidad que no están obligados a declarar?
Los familiares por afinidad, como cuñados o cuñadas no entran dentro de la excepción, por lo que sí están obligados a prestar declaración. En la última modificación de la ley, se ha excluido de esta excepción a las parejas divorciadas, obligándose a declarar por actos acontecidos posteriores a la sentencia de divorcio.
¿Cuál es la obligación de los hijos a declarar contra sus padres?
Esto establece que los hijos no están obligados por ley a declarar contra sus padres y viceversa. Por otro lado, cónyuges o parejas de hecho están eximidos de la obligación de presentar una declaración.