Tabla de contenido
¿Cuántos atenuantes hay en el Código Penal?
El Código Penal establece una lista de siete atenuantes que podemos clasificar en eximentes incompletas, atenuantes ordinarias y atenuantes analógicas.
¿Cuáles son los tipos de atenuantes?
Clasificación de las atenuantes
- Eximentes incompletas. Se encuentran entre la responsabilidad total y la no responsabilidad.
- Atenuantes ordinarias. Circunstancias previstas expresamente como tales por la ley, según los apartados 2 a 6 del artículo 21 del Código Penal.
- Atenuantes analógicas.
¿Qué atenuantes hay?
Atenuantes en el Derecho Penal español
- causas eximentes incompletas.
- grave adicción a drogas u otras sustancias previstas en la ley.
- arrebato, obcecación u estado pasional semejante.
- confesión o arrepentimiento.
- reparación del daño causado.
- dilaciones extraordinarias o indebidas.
- circunstancias análogas.
¿Cuáles son los componentes del delito?
Se trata del conjunto de comportamientos que dan lugar a un hecho ilícito. Un delito consiste en un comportamiento culpable y contrario a la ley que conlleva una pena o sanción. ¿Cuáles son los componentes del delito? La acción es el sustrato básico de cualquier delito. Se trata de un comportamiento humano voluntario.
¿Qué es la acción del delito?
La acción del delito. Todo delito implica una acción u omisión voluntaria llevada a cabo por un individuo ( actus reus ), y que da origen al delito.
¿Cuáles son los extremos de un delito?
La víctima de un delito podrá solicitar ser informada de determinados extremos referentes al procedimiento, como la fecha, hora y lugar del juicio, el contenido del escrito de acusación y de las diversas resoluciones que vayan dictando durante el procedimiento.
¿Cuáles son los diferentes tipos de delitos económicos?
Así, los tipos penales considerados “delitos económicos” son aproximadamente 250, figuras que son sancionadas con penas que van desde una simple multa –como ocurre con algunos ilícitos que atentan contra la propiedad intelectual – hasta penas que consisten en 15 años de privación de libertad – en delitos como el de quiebra fraudulenta-. 3.