Que establece el articulo 18 de nuestra Constitucion?

¿Qué establece el artículo 18 de nuestra Constitución?

Artículo 18- Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos.

¿Qué establece el artículo 18 de la Constitución?

Artículo 18.- Sólo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva. Las personas menores de doce años a quienes se atribuya que han cometido o participado en un hecho que la ley señale como delito, sólo podrán ser sujetos de asistencia social.

¿Cuáles son los derechos de los presos?

En la Ley de Enjuiciamiento Criminal se recogen los derechos de los detenidos o presos, siempre teniendo en cuenta que la detención y la prisión provisional se debe practicar en la forma que menos perjudique a estos en su persona, reputación y patrimonio.

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¿Cuáles son los derechos de los reclusos?

Los reclusos tienen derecho, conforme a la cláusula de debido proceso de la Constitución, a no sufrir la privación intencional y no autorizada de sus bienes personales de parte de los oficiales penitenciarios.

¿Cuáles son los derechos específicos garantizados al preso por el hecho de estar preso?

Como señala, respecto de los preceptos del CEDH, Lezertúa Rodríguez538,“no se trata de derechos específicos garantizados al preso por el hecho de estar preso sino del disfrute, en medio carcelario, por parte del preso, de los derechos y libertades reconocidos de manera general a todo ser humano por el CEDH”.

¿Cuáles son los beneficios de los presos?

Los beneficios de los presos se derivan de los derechos ya recogidos y algunos otros. De hecho, se recogen de manera expresa en la misma lista, y están regulados por la Constitución, la Ley Orgánica General Penitenciaria y el Código Penal, entre otros textos legales.